Beneficios Fiscales en Inversiones | Bolsa Social

¿Has invertido a través de la Bolsa Social, y no tienes claro si tienes beneficios fiscales? ¿No conoces cómo es el proceso de deducción fiscal, una vez haces la inversión? ¡No te preocupes! En tiempos de declaración de la renta, a todos nos surgen dudas. Y más aún si se trata de nuevas inversiones, como puede ser la inversión en el capital de alguna empresa a través de una plataforma de equity crowdfunding como la Bolsa Social.

En este post vamos a tratar de aclarar en qué casos tu inversión es deducible fiscalmente, qué requisitos deben cumplir las empresas y cómo es el proceso para poder presentar la deducción en la declaración de la renta. ¡Esperamos que te sea útil!

¿En qué casos puedo deducirme mi inversión en alguna empresa de la Bolsa Social?

La inversión en empresas de la Bolsa Social puede contar con varias deducciones fiscales: una del 30% a nivel estatal, sobre una base máxima de 60.000 € (es decir, con una deduccion máxima de 18.000 euros); u otra autonómica, cuyo porcentaje varía según la comunidad autónoma.*

Pero esto no ocurre siempre: para que puedas disfrutar de estos beneficios fiscales, la empresa en la que has invertido tiene que ser considerada una «empresa de nueva o reciente creación».

Este tipo de deducción se denomina «deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación«, y solo es factible si la empresa invertida cumple con ciertos requisitos. En el siguiente apartado te enumeramos los más relevantes.

* Para ver la lista de los beneficios según la comunidad autónoma, puedes ver este artículo.

NOTA: Si resides en alguna comunidad autónoma con competencias fiscales transferidas (como por ejemplo, el País Vasco o Navarra) esta deducción estatal no es aplicable, y habrá que consultar las deducciones autonómicas. Te recomendamos que en este caso, consultes los posibles beneficios fiscales con tu asesor fiscal.

Requisitos de las empresas invertidas

  • La empresa debe de contar con menos de 3 años en el momento de la ampliación de capital.
  • El importe de los fondos propios de la entidad no puede ser mayor a 400.000 euros en el inicio del período impositivo en el que se realice la inversión.
  • El contribuyente debe mantener la inversión un período de tiempo comprendido entre los 3 años y los 12 años.
  • La participación del contribuyente no puede ser mayor al 40% del capital social de la entidad (o de sus derechos de voto).
  • La actividad de la empresa no ha podido ser desarrollada anteriormente por otra titularidad.

Si te interesa saber el listado de todos los requisitos, puedes acceder a la página de la Agencia Tributaria.

¿Dónde aparece la información de los beneficios fiscales en la Bolsa Social?

En el caso de la Bolsa Social, puedes ver las oportunidades deducibles fiscalmente en la propia tarjeta de los proyectos. Os ponemos el ejemplo de PRISMAB, empresa de agritech financiada durante el año 2019.

Dentro de las campañas, también nos aparece el símbolo y el mensaje en color verde. En la siguiente imagen puedes verlo marcado con un rectángulo rojo.

¿Cómo es el proceso para deducirme fiscalmente la inversión?

Ahora que ya sabes si tu inversión es deducible, ¿cómo es el proceso para presentarla en Hacienda?

Los pasos a seguir son los siguientes:

  1. Una vez formalizada la ampliación de capital, la empresa debe rellenar y presentar en Hacienda el modelo 165. El plazo de presentación es todos los años del 1 al 31 de enero.
  2. Una vez presentado el modelo, la empresa debe emitir un certificado fiscal para cada uno de los socios inversores, que deben haceros llegar por correo postal o electrónico.
  3. Ya con el certificado fiscal en tu poder, debes presentarlo al hacer la declaración de la renta. Recuerda que si la empresa no ha presentado el modelo 165, el certificado no tendrá validez alguna.

Este es nuestro resumen del proceso para disfrutar de los beneficios fiscales de tu inversión a través de la Bolsa Social. Si te han quedado dudas más específicas, o quieres saber más detalles sobre las posibles deducciones y el proceso, te recomendamos que los consultes con tu asesor/a fiscal.

Estamos a tu disposición para lo que necesites. ¡Gracias de nuevo por estar ahí!

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